RESUMENES

Tuesday, August 22, 2006

EL REGIMEN ADUANERO
CONCEPTO DE DERECHO ADUANERO
Ø Es una rama del derecho público
Ø Su función principal es regular todo lo que se refiere al comercio realizado en las fronteras de nuestro país.
CARACTERISTICAS DEL DERECHO ADUANERO
Ø Es de derecho público
Ø Es de orden público: ya que regula una actividad pública
Ø Es un tanto autónomo por que tiene sus normas internas

FINALIDADES DEL DERECHO ADUANERO
Ø Principalmente hacer cumplir las normas
Ø Proteger la economía nacional
Ø Destinar los tributos que obtenga al país.

FUENTES DEL DERECHO ADUANERO
Ø La constitución: se refiere al derecho aduanero en el articulo 156 ordinal 15
Ø La ley : donde se van a dar los principios constitucionales
Ø Los tratados y convenios nacionales: Una vez que hayan sido publicados en gaceta oficial
Ø El reglamento. Subordinado a la ley
Ø Las resoluciones o instrucciones administrativas
Ø La doctrina
Ø La jurisprudencia la cual desarrolla la interpretación de la ley
Ø El uso y la costumbre.

LAS ADUANAS
Tienen su origen en Roma, los primeros que registraron el inicio de importación fueron los fenicios y posteriormente los árabes inventaron los impuestos.
Las aduanas es donde se recibe la mercancía proveniente de otro país para su posterior revisión, y pueden ser principales o subalternas
Las aduanas principales es donde se da el proceso de fiscalización y revisión, las subalternas son las que dependen de ellas, ósea de las principales, en nuestro país hay aproximadamente 16 aduanas principales y 46 subalternas.

EL IMPUESTO DE ADUANAS
Son los gravámenes que se cancelan por la importación o exportación dicho pronunciamiento se encuentra estipulado en la ley orgánica de aduanas en su artículo 82.

EL HECHO IMPONIBLE
Si se da la importación y exportación ello conlleva al pago de un impuesto siendo el hecho imponible la importación o exportación, en la importación se cancela el impuesto cuando el producto ingresa país, en la importación se cancela cuando sale.



PROCEDIMIENTO DE DESADUANAMIENTO DE MERCANCIAS
Mientras se cumple el tramite aduanero las mercancías deben ser almacenadas en lugares destinados para tal fin, pero hay mercancías a las cuales se les hacen excepciones tales como los explosivos, u aquellas mercancías reglamentarias, para el proceso de desaduanamiento ocurre que se debe declarar la mercancía o consignarla o reimportarla o en ultima instancia abandonarla en un lapso de 05 días de llegada y para declararla mercancía se debe realizar a través de un agente aduanal presentando una serie de documentos, también se debe hacer un reconocimiento de las mercancías, hay un proceso de liquidación y es que una vez que se reconozcan las mercancías se pueden cancelar los gravámenes aduaneros, una vez que se realice el pago se procederá a entregar las mercancías.

CONCEPTO DE MERCANCIA
Es todo lo que puede ser vendido es un bien mueble es decir que puede ser transportado por eso el medio de transporte como no es para venderlo sino para trasladar las mercancía no puede ser considerado como mercancía

CLASIFICACION DE LAS MERCANCIA
Ø Gravadas por las cuales se cancela un gravamen
Ø No gravadas por las cuales no se cancelan gravámenes
Ø Prohibidas: aquellas que no pueden ser trasladadas
Ø Reservadas: son de uso exclusivo
Ø Sometidas a ciertas restricciones: sometidas a ciertas condiciones legales
Ø Extranjeras: aquellas que provengan de otro país y no hayan cumplido los tramites necesarios
Ø Nacionales: producidas en el país que no han sido exportadas o que las regresen de otro país por no encontrar mercados para ellas
Ø Nacionalizadas: son extranjeras pero por haber cumplido con los trámites legales se nacionalizan.

LAS TASAS ADUANERAS:
Se clasifican en:
Ø Tasa de almacenaje: Es un pago que se realiza cuando se guardan o almacenan las mercancías, pero si son mercancías de comiso o abandonadas no se cancelara ningún arancel
Ø Tasa por servicios de aduanas: son aranceles que se cancelan por los trámites de las aduanas.
Ø Tasa por clasificación arancelarias: Se debe realizar una cancelación previa y luego se ubican si requieren o no análisis de laboratorio
Ø Tasa por habilitación: Se cancela cuando se necesita realizar trámites aduaneros fuera de las horas de labor.

LA POTESTAD ADUANERA
Es la facultad que tienen las autoridades competentes para fiscalizar las mercancías que entran y salen del país.


EL ARANCEL DE ADUANAS
Es lo que se va a cancelar según el tipo de mercancía que entra o sale y dicho arancel lo va a determinar el sistema de arancel venezolano, que consiste en un listado sistematizado de mercancías denominado NABANDINA los impuestos de arancel aduanero se clasifican en:
Ø Add valorem: Se toma en cuente el valor de las mercancías facturadas para luego determinar un porcentaje que deben facturar.
Ø Específico o mixto: Toma en consideración las características de las mercancías para luego determinar lo que se va a cancelar.

INCENTICOS FISCALES Y REGIMENES ADUANEROS ESPECIALES
Se hace mención a funciones inherentes al Ministerio de Finanzas tales como:
Ø Establecer incentivo a la exportación
Ø Conceder autorizaciones para reexportar mercancías, bajo promesa de anulación o reintegro del monto de los impuestos
Entre los regimenes aduaneros especiales tenemos e incentivos fiscales tenemos:
Ø Las destinaciones suspensivas: son restricciones de pagos o gravámenes aduaneros autorizados por agentes aduaneros, donde las mercancías también se restringe la inclusión de mercancías por un tiempo determinado.
Ø Luego se da una admisión temporal: es aquel tipo de mercancía que ingresa al país para cumplir un fin determinado y luego debe devolverse, la misma no cancela ningún tributo.

1.2 Exportación temporal: Es donde las mercancías nacionales pueden exportarse e ingresar al país nuevamente sin el pago de ningún tributo siempre y cuando no haya sufrido modificación alguna.

1.3 Trafico de perfeccionamiento activo o admisión temporal para perfeccionamiento activo ATPA: ingresan al país, materias primas e insumos que luego se devuelven perfeccionados al extranjero sin cancelara ningún impuesto por ello.

1.4 El trafico de perfeccionamiento pasivo ETPP: Aquí salen del país algunas mercancías con el fin de mejorarlas, lo cual tiene su ventaja pero igualmente su desventaja, la ventaja es que se aprovecha tecnología y la desventaja es que hay que cancelar una serie de gastos asociados a ellos.

1.5 Depósitos temporales es donde se va resguardar la mercancía por un tiempo determinado y cuyo resguardo se hace bajo autorización de agente aduanero

1.6 Depósitos aduaneros (N BOND): Se resguardan las mercancías en un lugar determinado autorizado por un agente aduanero y donde la mercancía se encuentra libre de impuestos

1.7 Almacenes generales de depósitos temporales: son aquellos depósitos donde se va a guardar mercancías de terceras personas para tramitar certificados de depósitos y bonos de prenda.
LOS REGIMENES DEVOLUTIVOS:
Es un conjunto de normas que rigen las devoluciones tales como:
Ø El Dra. Back: Consiste que cuando se devuelve la mercancía se deben reintegrar los impuestos de exportación.

REGIMENES ESPECIALES TRIBUTARIOS:
Aquí se dan excepciones de gravámenes pero se deben realizar una serie de trámites:
Ø Reposición con franquicia arancelaria: Se puede importar una sola vez libre del pago de impuestos.
Ø Sustitución de mercancías: Es cuando ingresan al país mercancías similares, y la misma se considera como un retorno o reimportación y pueden realizarse en casos y condiciones especiales.
Ø Almacenes libres de impuestos: Son depósitos de productos nacionales o extranjeros, en donde no se cancelan impuestos y se deben separar las mercancías nacionales de las extranjeras y llevarse la contabilidad separada.
Ø Provisiones de abordo (rancho): Son aquellos suministros que van a ser consumidos por la tripulación.
Ø Equipaje: es lo que va a llevar consigo el pasajero para su uso personal y no puede ser considerado mercancía, el mismo puede ingresar al país con o sin el pasajero.

REGIMENES ESPECIALES TERRITORIALES
Son un conjunto de normas que se aplican en una circunscripción determinada y se clasifican en:
Ø Puertos libres: se aplica un régimen aduanero y tributario preferencial ayudando así al desarrollo socioeconómico de la región
Ø Zonas francas; las personas se dedican a la venta de productos para la exportación, cumpliendo con regimenes aduaneros especiales y autorizados previamente por la ley.
Ø Zonas libres: se asemejan un poco a las zonas francas pero van a estar regulados por una norma especial.


APLICACIÓN DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO:
El comerciante cuando exporta sus mercancías se le puede reintegrar lo que ha pagado por el IVA, esto lo contempla el artículo 43 de la ley de impuesto al valor agregado.

LAS INFRACCIONES ADUANERAS:
Es no cumplir con lo establecido en las leyes vigentes por lo cual se aplicara una sanción dependiendo del tipo de infracción.

ILICITOS ADUANEROS:
Es incumplir con las normas y reglamentos relacionados con las aduanas.
Uno de los ilícitos aduaneros existentes es el contrabando y significa el comercio prohibido por la ley, ocultar mercancías no prohibidas también se considera contrabando, el trafico de mercancías en las costas es considerado contrabando, igualmente circular por rutas o lugares distintos de los autorizados, también la rotura de sellos, marcas, puertas y todo lo relacionado a la seguridad entregar mercancías sin autorización de la aduana, finalmente cuando las personas incurren en estos actos ilícitos serán penados con privación de libertad por un lapso de 02 a 04 años de prisión

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