RESUMENES

Friday, August 25, 2006

Al momento de concebirse las primeras leyes de hidrocarburos el petróleo era un recurso valioso, hoy, es plena la comprensión de la altísima importancia mundial de este recurso natural no renovable, por lo que la regulación de su explotación y aprovechamiento está en los más altos rangos del interés de países productores y consumidores, orientado por básicos propósitos estratégicos. En nuestro caso, por la esencial atención de los intereses de la nación venezolana como una integridad a lo largo del tiempo. En la medida en que estos intereses queden garantizados, la nación mantendrá su disposición para continuar contribuyendo con su petróleo al progreso equitativo y pacífico de la humanidad, como siempre lo ha hecho, mediante el desempeño de un rol fundamental en el equilibrio del mercado mundial, al proporcionar su petróleo en forma oportuna, permanente y segura. Esa disposición se mantiene en el espíritu de este Decreto Ley, la cual se propone regular, de manera progresiva y armónica, el desarrollo y aprovechamiento de los inmensos recursos de hidrocarburos con que Venezuela y el mejoramiento de los crudos para la obtención de productos cada vez más eficientes y amigables con el ambiente. La aparición del petróleo como importante energético durante la segunda mitad del siglo XIX, encontró a Venezuela en condiciones de notable atraso tecnológico, político y económico. Los primeros esfuerzos que hicieron los venezolanos, a los pocos años de haber aparecido el petróleo, podrían hoy considerarse incipientes y casi artesanales; sin embargo, tuvieron la virtud de constituir jornadas de auténtico significado nacional, en cuanto a las actividades y operaciones que comprendieron desde la exploración hasta el mercadeo.

Thursday, August 24, 2006

LEY DE IMPUESTO SOBRE SUCESIONES, DONACIONES Y DEMÁS RAMOS CONEXOS
Originalmente los impuestos fueron concebidos como impuestos directos pero luego sufrieron transformaciones y se tomo como un porcentaje de la herencia.
La sucesión va a ser el cambio de titularidad de determinados bienes la cual puede ser entre vivos (donación, venta etc.) O por muerte (legado)
La sucesión universal es la transferencia de bienes a un particular ya sea por legado donación o venta.
La transmisión gratuita de bienes será gravada según el impuesto sobre sucesiones, donaciones y demás ramos conexo, igualmente tiene su principio de reserva legal en el artículo 156, numeral 12 de la constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela.

DE LOS SUJETOS PASIVOS
Los beneficiarios de herencia y legados quedan obligados a la cancelación de impuestos y deben responder individual y particularmente

EL HECHO IMPONIBLE
En materia de impuesto sobre sucesiones, el hecho imponible lo constituye la muerte cuando alguna persona deja de existir, sus derechos y obligaciones pasan a manos de las personas más allegadas

LA BASE IMPONIBLE
Lo constituye la parte que corresponde a cada heredero

ALICUOTA
Va a depender del parentesco del heredero y del activo líquido.

DEL ACTIVO Y DEL PASIVO
· Forman parte del activo todos los bienes y acciones que se encuentren a nombre del causante
· Los inmuebles que para el momento de l a sucesión estuviesen enajenados
· Forman parte del pasivo las deudas a cargo del causante
· Los gastos del traslado del cadáver y todo lo relacionado a ello
· También se consideran parte del pasivo los gastos de honorarios

EXENCIONES EXONERACIONES Y REBAJAS
Están exentos del pago del impuesto
· Los entes públicos territoriales
· Los entes públicos territoriales de beneficencia pública o social

El ejecutivo nacional podrá exonerar del impuesto:
· Las entidades y establecimientos públicos cuyo objeto principal, sean de carácter científico, cultural, docente, etc.
· Los establecimientos privados sin fines de lucro

Se concede una reducción del impuesto:
Al cónyuge sobreviviente 40%
A los incapacitados 30%
A los hijos menores de 21 años 40%
A los mayores de 60 años 30%
Entre otros


Tuesday, August 22, 2006

¿Que es una Cooperativa?
La Cooperativa es una sociedad de personas legalmente constituidas que se unen con la finalidad de resolver necesidades comunes. Las cooperativas son asociaciones autogestionarias, el proceso de toma de decisiones y la propiedad de los bienes pertenecen a todos los asociados en forma equitativa.
Están regidas por la Ley General de Asociaciones Cooperativas y su Reglamento. Supervisadas y asesoradas por la Superintendencia Nacional de Cooperativas.

¿Quiénes pueden formar una cooperativa?
En Venezuela se permite formar cooperativas a las personas que sean consumidores y productores primarios, también se puede organizar entre personas jurídicas (asociaciones, fundaciones, etc.) sin fines de lucro. No se pueden formar cooperativas entre comerciantes si la cooperativa a formarse tiene algo que ver con sus actividades mercantiles. Son consumidores primarios las personas que adquieren para su propio uso y consumo, bienes o servicios y son productos primarios los trabajadores que producen bienes o servicios directamente en su taller, finca, vehículo, etc.

¿Cómo se forma una cooperativa? Para formar una cooperativa es necesario que se reúna un grupo de personas que tengan un mismo problema o necesidad y que deseen resolverlo utilizando una cooperativa. También es necesario que en el grupo existe el deseo y la disposición de colaborar en el funcionamiento y administración, así como el deseo de formarse y capacitarse para llevar adelante su empresa.

¿Con cuántas personas se puede formar una cooperativa? Según la Ley General de Asociaciones Cooperativas para formar una cooperativa es necesario que se reúnan siete (07) o más personas, pero para las cooperativas de Ahorro y Crédito y para las de Consumo la legislación exige que sean cincuenta (50) o más personas. Siempre es recomendable que para formar una cooperativa participen muchas personas.

¿Cuánto tiempo se necesita para formar una cooperativa? El tiempo utilizado para formar una cooperativa depende del dinamismo del grupo que la esté promoviendo. Sin embargo, se recomienda que nunca sean menos de cuatro (04) meses.

¿Qué organismos orientan cuando se quiere formar una cooperativa? Existen diversas alternativas a la hora de buscar asesoramiento y orientación: la Superintendencia Nacional de Cooperativas (SUNACOOP) cuenta con un número telefónico gratuito en donde usted podrá solicitar información, el número es 800-76266 , los Organismos de Integración tales como las Centrales regionales. Las Federaciones y la Central Nacional de Cooperativas (CECONAVE).

SUNACOOP
La Superintendencia Nacional de Cooperativas, es un organismo adscrito al Ministerio para la Economía Popular, al que por ley le corresponde la egalización, registro, supervisión y promoción de las cooperativas en Venezuela.SUNACOOP es la entidad del Estado que tiene como objetivo impulsar, apoyar y fomentar la economía cooperativa en el país. Para ello, desarrolla una serie de programas de fortalecimiento a las cooperativas existentes mediante la generación de espacios de encuentro, intercambios y posicionamiento del movimiento cooperativo. A su vez, su deber es el de servir como soporte a las personas o grupos de personas que tienen una idea a desarrollar y requieren de una asesoría más especializada bien sea a nivel económico, jurídico u operativo.

Funciones Según el artículo 81 de la Ley Especial de Asociaciones Cooperativas, se contempla lo siguiente: “La Superintendencia Nacional de Cooperativas tiene las siguientes funciones:
1. Ejercer la fiscalización de las cooperativas de acuerdo con lo establecido en esta Ley.2. Organizar un servicio de información sobre las cooperativas con objeto de facilitar el control de las mismas.3. Imponer sanciones a las cooperativas de conformidad con las disposiciones de esta Ley.4.Coordinar con otros organismos competentes la ejecución de las políticas de control en materia cooperativa.5. Dictar, dentro del marco de sus competencias, las medidas que fueren necesarias para el cumplimiento de sus funciones.6. Emitir las certificaciones a las que se refiere esta Ley.7.Remitir a los organismos de integración la información y los documentos relacionados con las cooperativas afiliadas para que estos organismos coadyuven en la corrección de las irregularidades detectadas.8. Las demás que establezca esta Ley.”
A estas disposiciones legales, también se le deben sumar las siguientes actividades:
• Tener el registro de Cooperativas existentes en el país. • Asistir a las reuniones de los órganos administrativos y Asambleas de las cooperativas con derecho de voz pero sin voto.• Promover el desarrollo, fomento y educación cooperativa.• Proporcionar asesoramiento y ayuda técnica a las cooperativas y grupos en formación.• Servir de órgano de consulta para la correcta interpretación de la Ley y sus Reglamentos.• Trabajar conjuntamente con los Organismos de Integración para lograr el crecimiento y el buen funcionamiento de las cooperativas.

Para conformar una Cooperativa es necesario
Paso 1:
Retirar la planilla de reserva de denominación en las Oficinas Regionales de la Superintendencia, localizadas en las instalaciones estadales del INCE. para seleccionar el nombre que llevará la cooperativa y consultar a la Superintendencia Nacional de Cooperativas, si este nombre no corresponde a una cooperativa ya registrada.

Paso 2:Luego de cinco (5) días hábiles, la Superintendencia Nacional de Cooperativas, certifica que la denominación consultada no pertenece a otra cooperativa y autoriza a que esta pueda ser registrada con esa denominación.
Esta constancia debe ser retirada en las Oficinas Regionales de la Superintendencia, localizadas en las instalaciones estadales del INCE. La reserva tiene una duración de 90 días.

Paso 3:Teniendo en cuenta que se tienen 90 días para realizar los posteriores procedimientos sin perder la reserva de denominación, el grupo de personas se reúnen y redactan los Estatutos que establecerán entre otras: la estructura organizativa de la cooperativa, normas de funcionamiento, aporte de los socios, etc. (Art. 13 LEAC).

Paso 4:Una vez aprobados los Estatutos por los asociados, se acudirá al registro subalterno de la localidad para proceder a su registro y obtener así la personalidad jurídica de la cooperativa.
Es importante destacar que este servicio es gratuito en todos los Registros Subalternos del país.

Paso 5:Enviar a la Superintendencia Nacional de Cooperativas dentro de los quince (15) días hábiles siguientes, copia simple del registro de la cooperativa indicando: dirección completa, teléfonos y nombres de los directivos principales de la cooperativa.

Nota:Las cooperativas cuya actividad económica se corresponda con la prestación de algún servicio público, solicitarán al ente correspondiente la debida autorización.

Paso 6:Retirar en un período de diez (10) días hábiles la constancia de inscripción de las cooperativas en las oficinas regionales de la SUNACOOP

EL DERECHO TRIBUTARIO EN VENEZUELA
Es un conjunto de normas jurídicas que se refieren a los tributos, también puede decirse que es una rama del derecho financiero que regula los tributos.

CONTENIDO DEL DERECHO TRIBUTARIO
Esta conformado por:
Ø Parte general: aquí se consagran los principios generales entre el Estado y particulares evitando así injusticias
Ø La parte especial: Se refiere específicamente a los distintos tributos que componen el sistema tributario

AUTONOMIA DEL DERECHO TRIBUTARIO:
Hay autores como Giannini, Blumenstein entre otros que afirman que el derecho tributario es una rama del derecho financiero
El derecho tributario es autónomo ya que cuenta con sus propias instituciones y leyes.


PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO TRIBUTARIO
Ø Principio de legalidad: Se hace lo que estipula la ley.
Ø Principio de generalidad: La ley es aplicable para todos.
Ø Principio de igualdad: Donde todos cancelamos cualquier tipo de tributos
Ø Principio de progresividad: Quiere decir que el contribuyente que tenga mayor posición social será el que más cancele tributos
Ø Principio de la no confiscatoriedad: Quiere decir que todos tenemos derecho a la propiedad privada por tal razón la cancelación del tributo no conlleva a la violación de las propiedades.
Ø El principio de la no retroactividad: En nuestro país se aplica la sanción que más favorezca al infractor
Ø El principio de la justicia tributaria: Significa que los tributos se han de aplicar con igual intensidad para todos pero tomando pero tomando en cuenta el principio de progresividad.
Ø El principio de prohibición de impuesto pagadero en servicio personal: Se encuentra consagrada en nuestra constitución y quiere decir que ningún impuesto se va a cancelar con servicio personal, se estaría en contra de nuestros derechos.
Ø El principio de la exigencia de un término para que pueda aplicarse la ley tributaria: Quiere decir que se debe asignar un periodo de tiempo para poder aplicar lo concerniente a la ley.

RAMAS DEL DERECHO TRIBUTARIO
Ø Derecho tributario material: Es un conjunto de leyes y normas que estudian como nace y como se extingue la relación tributaria.
Ø Derecho tributario formal: Consiste en como aplicar la norma tributaria a un caso especifico
Ø Derecho tributario procesal: Cualquier irregularidad entre el fisco y un particular se resuelve con el derecho procesal.


Ø Derecho penal tributario: Se refiere a que si los contribuyentes cometen cualquier tipo de infracción el derecho penal tributario tendrá la potestad de aplicar la sanción debida
Ø Derecho internacional tributario: Se aplica para evitar la doble tributación, igualmente son un conjunto de tratados emitidos en cada país




Ø Derecho constitucional tributario: es una parte de la constitución donde se refiere al derecho tributario.

RECURSOS TRIBUTARIOS
RECUPERCION DE TRIBUTOS Y REPETICION DE PAGOS
RECUPERACION DE TRIBUTOS
Ocurre cuando los ciudadanos cancelan sus impuestos que serán destinados para cubrir las necesidades del país

REPETICION DE PAGOS:
Donde a los contribuyentes se les puede restituir su pago siempre que no este prescrito

RECURSO JERARQUICO
Es un recurso administrativo y afectan de cualquier forma los derechos de los administrados.

RECURSO DE REVISION
Es un recurso que se intenta ante la administración tributaria.

RECURSO CONTENCIOSO TRIBUTARIO
Es un medio de impugnación de los actos de administración que ocasionan efectos en los derechos personales de los particulares, tiene su origen en el recurso contencioso fiscal y se interpone ante el tribunal contencioso tributario.

EL REGIMEN ADUANERO
CONCEPTO DE DERECHO ADUANERO
Ø Es una rama del derecho público
Ø Su función principal es regular todo lo que se refiere al comercio realizado en las fronteras de nuestro país.
CARACTERISTICAS DEL DERECHO ADUANERO
Ø Es de derecho público
Ø Es de orden público: ya que regula una actividad pública
Ø Es un tanto autónomo por que tiene sus normas internas

FINALIDADES DEL DERECHO ADUANERO
Ø Principalmente hacer cumplir las normas
Ø Proteger la economía nacional
Ø Destinar los tributos que obtenga al país.

FUENTES DEL DERECHO ADUANERO
Ø La constitución: se refiere al derecho aduanero en el articulo 156 ordinal 15
Ø La ley : donde se van a dar los principios constitucionales
Ø Los tratados y convenios nacionales: Una vez que hayan sido publicados en gaceta oficial
Ø El reglamento. Subordinado a la ley
Ø Las resoluciones o instrucciones administrativas
Ø La doctrina
Ø La jurisprudencia la cual desarrolla la interpretación de la ley
Ø El uso y la costumbre.

LAS ADUANAS
Tienen su origen en Roma, los primeros que registraron el inicio de importación fueron los fenicios y posteriormente los árabes inventaron los impuestos.
Las aduanas es donde se recibe la mercancía proveniente de otro país para su posterior revisión, y pueden ser principales o subalternas
Las aduanas principales es donde se da el proceso de fiscalización y revisión, las subalternas son las que dependen de ellas, ósea de las principales, en nuestro país hay aproximadamente 16 aduanas principales y 46 subalternas.

EL IMPUESTO DE ADUANAS
Son los gravámenes que se cancelan por la importación o exportación dicho pronunciamiento se encuentra estipulado en la ley orgánica de aduanas en su artículo 82.

EL HECHO IMPONIBLE
Si se da la importación y exportación ello conlleva al pago de un impuesto siendo el hecho imponible la importación o exportación, en la importación se cancela el impuesto cuando el producto ingresa país, en la importación se cancela cuando sale.



PROCEDIMIENTO DE DESADUANAMIENTO DE MERCANCIAS
Mientras se cumple el tramite aduanero las mercancías deben ser almacenadas en lugares destinados para tal fin, pero hay mercancías a las cuales se les hacen excepciones tales como los explosivos, u aquellas mercancías reglamentarias, para el proceso de desaduanamiento ocurre que se debe declarar la mercancía o consignarla o reimportarla o en ultima instancia abandonarla en un lapso de 05 días de llegada y para declararla mercancía se debe realizar a través de un agente aduanal presentando una serie de documentos, también se debe hacer un reconocimiento de las mercancías, hay un proceso de liquidación y es que una vez que se reconozcan las mercancías se pueden cancelar los gravámenes aduaneros, una vez que se realice el pago se procederá a entregar las mercancías.

CONCEPTO DE MERCANCIA
Es todo lo que puede ser vendido es un bien mueble es decir que puede ser transportado por eso el medio de transporte como no es para venderlo sino para trasladar las mercancía no puede ser considerado como mercancía

CLASIFICACION DE LAS MERCANCIA
Ø Gravadas por las cuales se cancela un gravamen
Ø No gravadas por las cuales no se cancelan gravámenes
Ø Prohibidas: aquellas que no pueden ser trasladadas
Ø Reservadas: son de uso exclusivo
Ø Sometidas a ciertas restricciones: sometidas a ciertas condiciones legales
Ø Extranjeras: aquellas que provengan de otro país y no hayan cumplido los tramites necesarios
Ø Nacionales: producidas en el país que no han sido exportadas o que las regresen de otro país por no encontrar mercados para ellas
Ø Nacionalizadas: son extranjeras pero por haber cumplido con los trámites legales se nacionalizan.

LAS TASAS ADUANERAS:
Se clasifican en:
Ø Tasa de almacenaje: Es un pago que se realiza cuando se guardan o almacenan las mercancías, pero si son mercancías de comiso o abandonadas no se cancelara ningún arancel
Ø Tasa por servicios de aduanas: son aranceles que se cancelan por los trámites de las aduanas.
Ø Tasa por clasificación arancelarias: Se debe realizar una cancelación previa y luego se ubican si requieren o no análisis de laboratorio
Ø Tasa por habilitación: Se cancela cuando se necesita realizar trámites aduaneros fuera de las horas de labor.

LA POTESTAD ADUANERA
Es la facultad que tienen las autoridades competentes para fiscalizar las mercancías que entran y salen del país.


EL ARANCEL DE ADUANAS
Es lo que se va a cancelar según el tipo de mercancía que entra o sale y dicho arancel lo va a determinar el sistema de arancel venezolano, que consiste en un listado sistematizado de mercancías denominado NABANDINA los impuestos de arancel aduanero se clasifican en:
Ø Add valorem: Se toma en cuente el valor de las mercancías facturadas para luego determinar un porcentaje que deben facturar.
Ø Específico o mixto: Toma en consideración las características de las mercancías para luego determinar lo que se va a cancelar.

INCENTICOS FISCALES Y REGIMENES ADUANEROS ESPECIALES
Se hace mención a funciones inherentes al Ministerio de Finanzas tales como:
Ø Establecer incentivo a la exportación
Ø Conceder autorizaciones para reexportar mercancías, bajo promesa de anulación o reintegro del monto de los impuestos
Entre los regimenes aduaneros especiales tenemos e incentivos fiscales tenemos:
Ø Las destinaciones suspensivas: son restricciones de pagos o gravámenes aduaneros autorizados por agentes aduaneros, donde las mercancías también se restringe la inclusión de mercancías por un tiempo determinado.
Ø Luego se da una admisión temporal: es aquel tipo de mercancía que ingresa al país para cumplir un fin determinado y luego debe devolverse, la misma no cancela ningún tributo.

1.2 Exportación temporal: Es donde las mercancías nacionales pueden exportarse e ingresar al país nuevamente sin el pago de ningún tributo siempre y cuando no haya sufrido modificación alguna.

1.3 Trafico de perfeccionamiento activo o admisión temporal para perfeccionamiento activo ATPA: ingresan al país, materias primas e insumos que luego se devuelven perfeccionados al extranjero sin cancelara ningún impuesto por ello.

1.4 El trafico de perfeccionamiento pasivo ETPP: Aquí salen del país algunas mercancías con el fin de mejorarlas, lo cual tiene su ventaja pero igualmente su desventaja, la ventaja es que se aprovecha tecnología y la desventaja es que hay que cancelar una serie de gastos asociados a ellos.

1.5 Depósitos temporales es donde se va resguardar la mercancía por un tiempo determinado y cuyo resguardo se hace bajo autorización de agente aduanero

1.6 Depósitos aduaneros (N BOND): Se resguardan las mercancías en un lugar determinado autorizado por un agente aduanero y donde la mercancía se encuentra libre de impuestos

1.7 Almacenes generales de depósitos temporales: son aquellos depósitos donde se va a guardar mercancías de terceras personas para tramitar certificados de depósitos y bonos de prenda.
LOS REGIMENES DEVOLUTIVOS:
Es un conjunto de normas que rigen las devoluciones tales como:
Ø El Dra. Back: Consiste que cuando se devuelve la mercancía se deben reintegrar los impuestos de exportación.

REGIMENES ESPECIALES TRIBUTARIOS:
Aquí se dan excepciones de gravámenes pero se deben realizar una serie de trámites:
Ø Reposición con franquicia arancelaria: Se puede importar una sola vez libre del pago de impuestos.
Ø Sustitución de mercancías: Es cuando ingresan al país mercancías similares, y la misma se considera como un retorno o reimportación y pueden realizarse en casos y condiciones especiales.
Ø Almacenes libres de impuestos: Son depósitos de productos nacionales o extranjeros, en donde no se cancelan impuestos y se deben separar las mercancías nacionales de las extranjeras y llevarse la contabilidad separada.
Ø Provisiones de abordo (rancho): Son aquellos suministros que van a ser consumidos por la tripulación.
Ø Equipaje: es lo que va a llevar consigo el pasajero para su uso personal y no puede ser considerado mercancía, el mismo puede ingresar al país con o sin el pasajero.

REGIMENES ESPECIALES TERRITORIALES
Son un conjunto de normas que se aplican en una circunscripción determinada y se clasifican en:
Ø Puertos libres: se aplica un régimen aduanero y tributario preferencial ayudando así al desarrollo socioeconómico de la región
Ø Zonas francas; las personas se dedican a la venta de productos para la exportación, cumpliendo con regimenes aduaneros especiales y autorizados previamente por la ley.
Ø Zonas libres: se asemejan un poco a las zonas francas pero van a estar regulados por una norma especial.


APLICACIÓN DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO:
El comerciante cuando exporta sus mercancías se le puede reintegrar lo que ha pagado por el IVA, esto lo contempla el artículo 43 de la ley de impuesto al valor agregado.

LAS INFRACCIONES ADUANERAS:
Es no cumplir con lo establecido en las leyes vigentes por lo cual se aplicara una sanción dependiendo del tipo de infracción.

ILICITOS ADUANEROS:
Es incumplir con las normas y reglamentos relacionados con las aduanas.
Uno de los ilícitos aduaneros existentes es el contrabando y significa el comercio prohibido por la ley, ocultar mercancías no prohibidas también se considera contrabando, el trafico de mercancías en las costas es considerado contrabando, igualmente circular por rutas o lugares distintos de los autorizados, también la rotura de sellos, marcas, puertas y todo lo relacionado a la seguridad entregar mercancías sin autorización de la aduana, finalmente cuando las personas incurren en estos actos ilícitos serán penados con privación de libertad por un lapso de 02 a 04 años de prisión

Wednesday, August 16, 2006

recurso jerarquico y recurso de revision

DIFERENCIAS ENTRE RECURSO JERARQUICO Y RECURSO DE REVISIÓN
RECURSO JERARQUICO

· La reclamación que se promueve para que el superior jerárquico del autor del acto que se cuestiona, examinando este acto, lo modifique o lo extinga, siguiendo para ello el procedimiento expresamente establecido en las normas vigentes.
· Éste es un recurso meramente administrativo, es decir, que se plantea ante la propia Administración para que ella misma reconsidere el caso, lo analice más profundamente y decida teniendo en cuenta datos y argumentos que el contribuyente aportará a lo largo del proceso.
· El Recurso Jerárquico es denominado como un recurso vertical, ya que el mismo se intenta ante la superior jerarquía dentro de la organización. En el caso de los Municipios, ante el Alcalde o en los casos de la Administración Pública Nacional, ante el Ministro respectivo.
RECURSO DE REVISIÓN
Un recurso de revisión es el instrumento con el que cuentan los particulares para impugnar si se les negó el acceso a determinada información, si se les notificó la inexistencia de los documentos requeridos, si consideran que la información que se les proporcionó es incompleta o no corresponde a la solicitud que formularon.
En materia de datos personales, los particulares también pueden presentar un recurso de revisión si se les negó el acceso a los mismos, o bien si se les entregaron en un formato incomprensible o si les negó la posibilidad de modificarlos.
Cualquier persona por sí misma o a través de su representante Legal puede interponer un recurso de revisión

diferencias entre recurso jerarquico y recurso de revision

VENTAJAS Y DESVENTAJAS DEL INGRESO DE VENEZUELA AL MERCOSUR

VENTAJAS DEL INGRESO DE VENEZUELA AL MERCOSUR
"Todos los derivados de la petroquímica y del gas, que antes no tenían acceso a esos mercados por las barreras arancelarias, ahora pueden ser vendidos a los miembros de MERCOSUR", indicó Chávez. "Es un mercado de 14 millones de kilómetros cuadrados", indicó.
Habrá un incremento de exportaciones no tradicionales, que tan sólo fue de 200 millones de dólares en 2003", recordó Chávez, indignado ante el hecho de que las exportaciones venezolanas se realizaban principalmente hacia Estados Unidos y no hacia las naciones sudamericanas.
· Para Venezuela es una gran oportunidad en su desarrollo, en su penetración en mercados internacionales dándole oportunidad a sus empresas de competir con sus productos.
· Con la incorporación de Venezuela, el MERCOSUR representa el 75 por ciento del producto bruto interno de Latinoamérica, y el entendimiento sienta un importante precedente como para que otros países ingresen al bloque regional.
· El presidente de la Comisión Permanente de Finanzas de la Asamblea Nacional, Rodrigo Cabezas, citando datos del Ministerio de la Producción y el Comercio ha señalado, que “incorporarnos como estado asociado va a dar un conjunto de oportunidades a Venezuela, mayores y mejores ventajas de mercado para el sector industrial y de servicios, respetando las asimetrías en las economías”.
Venezuela exportará sin aranceles a partir de agosto diversos productos a países del Mercado Común del Sur (MERCOSUR), al que ingresó como Estado asociado. En el caso particular de Venezuela, los productos que inicialmente entran a formar parte de la cartera de ofertas al MERCOSUR, son los derivados de aluminio, acero, atún y sardinas; cabe destacar que los bienes y servicios que logre nuestro país colocar al Mercado común son aquellos bienes que presentan un valor agregado, es decir materia primas procesadas y en la mayoría de las veces terminadas.
Ante el reconocimiento de asimetrías en el MERCOSUR, Venezuela se reservará la eliminación de aranceles en 10 o 15 años para productos de sectores sensibles que generan bastante trabajo y tienen un aporte importante en el desarrollo económico
DESVENTAJAS DEL INGRESO DE VENEZUELA AL MERCOSUR
· La gran desventaja económica del país debe resolverse a través de un proceso de negociaciones, donde se reconozca la gran asimetría con el mercado brasilero, tal como se realizó frente a otras naciones cuando Venezuela ingresó en la Comunidad Andina. En las discusiones deben participar todos los sectores de la sociedad como el empresarial, los sindicatos, el sector político y la sociedad civil, a fin de que todos manifiesten sus sensibilidades ante la entrada al Mercado Común y se llegue a un consenso que beneficie a todas las partes.
· El sector agrícola es el más vulnerable a la apertura a la economía internacional, ya que no puede ajustarse a condiciones de competencia por limitaciones naturales y estructurales.
· Venezuela exporta sólo un 10% de lo que Brasil exporta para Venezuela y eso es con los aranceles de ahora, imagínate cuando lleguen a cero, no hay posibilidad de competir", indicó el empresario Gustavo Márquez,
· Según Conindustria, los sectores más vulnerables de Venezuela son el químico, petroquímico, pulpa y papel, automotriz y siderúrgico.
· Ismael Pérez, presidente ejecutivo de la Confederación Venezolana de Industriales (Conindustria) señaló a la agencia Reuters que algunos sectores productivos "corren el peligro de desaparecer en un corto plazo".

Thursday, August 10, 2006

comentarios de las exposiciones

Mi comentario en lo que se refiere a la estructura obligacional tributaria es que si sabemos que tenemos que cancelar un tributo lo más correcto es que se realice dicho pago sin necesidad de que nos estén aplicando leyes por que si estamos enterados que la actividad a que estamos destinados acarrea una obligación pues entonces no realicemos esa actividad sino otra en donde no se pague ningún tributo.

En toda organización independientemente de la actividad a que se dedique debe estar administrada para poder incrementar sus ingresos y hacer buen uso del mismo destinándolo a las actividades más carentes del país tal es el caso de la administración tributaria, teniendo diferentes funciones siendo una de ellas que los contribuyentes cancelen sus obligaciones, a través de la recaudación de tributos, igualmente la administración tributaria de nuestro país se encuentra custodiada por un organismo importante como lo es el resguardo nacional evitando el contrabando y el fraude a las rentas, teniendo también otros deberes y atribuciones, finalmente otro de los organismos que componen la administración tributaria es el seniat ente de gran interés para nuestro país siendo el principal recaudador de tributos y exigidor de que esos tributos se paguen como se encuentra estipulado en las leyes

Toda actividad que se realice si esta en contra del que exige la ley c0onlleva a una sanción dependiendo del tipo de infracción realizada así será la sanción cuando se omite alguna disposición del código orgánico tributario se esta cometiendo un ilícito de tipo tributario, pero para poder saber que sanción se debe aplicar. Ahí que ubicar dicho ilícito dentro de la clasificación competente

Monday, August 07, 2006

RESUMENES

EL ESTADO Y LA ACTIVIDAD FINANCIERA

La actividad financiera es aquella en la que el estado administra los recursos y los destina al país para satisfacer sus necesidades básicas, la actividad financiera también se puede definir como entradas y salidas de dinero del país.
Las órdenes políticas se clasifican en:
· Ordenes de tutela: Establecido por una persona que ejerce un poder sobre otra con el fin de obtener que el otro sea su subordinado.
· Ordenes de rapiña: Consiste en que una persona ejerce poder sobre otra con el fin de obtener su propio beneficio
· Ordenes parasitarios: Consiste en que la persona que ejerce el poder mantiene un subordinado para explotarlo y obtener de él el mayor beneficio.
NECESIDADES COLECTIVAS:
Son aquellas cosas que se hacen importantes al ser humano y se pueden clasificar en:
Necesidades materiales: vestido, alimentación .vivienda.
Necesidades inmateriales: Religiosa y moral.

SERVICIOS PUBLICOS:
Son aquellos ejercidos por el Estado para satisfacer las necesidades de sus integrantes tales como: salud, educación, teléfono, agua, aseo urbano, electricidad.

HACIENDA PÚBLICA
Es un conjunto de bienes del Estado incluyendo los activos y pasivos y se clasifican en:
Hacienda patrimonial
Hacienda regalista
Hacienda tributaria

TEORIAS QUE EXPLICAN LA NATURALEZA DE LA ACTIVIDAD FINANCIERA:
Se clasifican en:
Teoría económica: Consiste en definir al Estado como un conjunto improductivo, en donde sus consumos no generan ningún provecho
Teoría sociológica: Es aquella teoría en la que los elementos que intervienen en la sociedad son unidos a la actividad financiera y regulados por un principio denominado principio social.
Teoría política: Para muchos autores la actividad financiera tiene carácter político pero es calificado por principios sociales.

FINES DE LA ACTIVIDAD FINANCIERA:
Su único fin es obtener recursos o ingresos que luego debe destinar para satisfacer las necesidades del país.
Dentro de los propósitos o fines de la actividad financiera tenemos:
· El neutralismo e intervencionismo
· El Estado Gendarme
· El Estado providencia
· El Estado Fáustico

· EL NEUTRALISMO E INTERVENCIONISMO
Este propósito es un tanto engorroso ya que se presentan oposiciones entre los financistas generando ingresos para unos y pérdidas para otros.

· EL ESTADO GENDARME
Ocurre aquí que el Estado debe gastar lo necesario, que lo que produzca sepa como gastarlo y como destinarlo.

· EL ESTADO PROVIDENCIA
El intervencionismo es consecuencia de los desequilibrios económicos que se produjeron durante la guerra el mismo se da para cubrir los gastos a través de los impuestos
· EL ESTADO FÁUSTICO
Se da en la segunda guerra mundial y ocurre un capitalismo poderoso.

DISCIPLINAS QUE ESTUDIAN LA ACTIVIDAD FINANCIERA
· La ciencia de las finanzas públicas.
· El derecho financiero
· La política fiscal o financiera.

LA CIENCIA DE LAS FINANZAS PÚBLICAS
La palabra finanzas significa pagar, por la cual la misma se encarga de cancelar las deudas del Estado, aunque también obtiene recursos los cuales debe saber administrar, y rendir cuenta d e como obtuvo esos recursos.

EL DERECHO FINANCIERO
Es el órgano regulador de las actividades financieras

LA POLITICA FISCAL O FINANCIERA
Se va a encargar de administrar recursos para saber en que gastar, al mismo tiempo debe rendir cuentas en lo que gasto y de esta manera satisfacer las necesidades colectivas.

RELACION DEL DERECHO FINANCIERO CON OTRAS RAMAS DEL DERECHO
· Con las ciencias de las finanzas :
Se relaciona ya que el derecho financiero se va a encargar de regular todo lo relacionado a esa actividad.
· Con la ciencia económica:
Igualmente por ser un ente regulador de las finanzas y la misma mantiene relaciones con la economía, entonces se convierte también en un regulador de la economía.
· Con las ciencias sociales:
Por ser el derecho financiero una actividad social entonces se puede concluir que mantiene estrechas relaciones en el ámbito social
· Con el derecho constitucional:
Por ser la constitución de ente regulador del país entonces el derecho financiero va a estar ligado al mismo ya que sin estado no se realiza ninguna actividad financiera.

PRINCIPIOS BÁSICOS DE LA CONSTITUCIÓN
· La competencia
· La separación de poderes
· El ejercicio de poder bajo ley.


· Con el derecho administrativo
Ocurre una estrecha relación entre ambas disciplinas como lo es la administración pública.
· Con el derecho privado
Es compatible con los principios comunes del derecho privado.
· Con el derecho procesal
Se relaciona con el derecho procesal cuando se da la percepción de los impuestos y otros gravámenes.
· Con el derecho penal
Cuando se realizan cosas que no deben realizarse, se sanciona a las personas eso ocurre con el derecho penal, lo mismo ocurre en el derecho financiero se sanciona la defraudación fiscal.
· Con el derecho internacional
El derecho financiero se relaciona con el derecho internacional cuando se realiza la internalización de la s finanzas públicas y privadas.

FUENTES DEL DERECHO FINANCIERO
Son medios generadores de normas jurídicas.
Las fuentes se clasifican en directas e indirectas.
Las fuentes directas son
· La ley . Es el órgano regulador de determinadas actividades.
Los caracteres que reivindican la ley son.
· Que sea justa dirigida al bien público
· Autentica dictada por una autoridad competente y legitima.
· General dirigida o establecida en beneficio de todos y para la observancia de todos los grupos sociales.
· Obligatoria o de forzoso cumplimento.
LEYES DELEGADAS Y DECRETOS LEYES
El principal encargado de sancionar las leyes, corresponde al poder legislativo, igualmente el presidente de la república tiene facultades para dictar leyes de carácter económico y financiera.

LOS REGLAMENTOS
Son decisiones que contienen disposición por vía general y las mismas tienen carácter legislativo.

LOS TRATADOS INTERNACIONALES
Algunos Autores lo consideran como una fuente indirecta por que su validez se origina de la ley nacional aprobatoria dichos tratados deben ser aprobados por ala asamblea nacional.

Desde el punto de vista material los tratados pueden ser
· Tratados contratos
· Tratados normativos.

Desde el punto de vista formal, los tratados pueden ser
· Bilaterales
· Multilaterales

LA CONSTITUCIÓN DE LA REPUBLICA
Es un órgano regulador de las actividades del Estado , e igualmente contiene disposiciones sobre el sistema tributario y económico.

FUENTES INDIRECTAS
· La doctrina Es el conjunto de normas de carácter científico.
· La jurisprudencia Es la interpretación que de la ley ejecutan los tribunales.
· El uso y la costumbre no es reconocida como una fuente del derecho.

INTERPRETACIÓN DE LAS LEYES FINANCIERAS
Es saber a que se refiere de terminada ley y se clasifican por
· Sus resultados
· Su origen

LA AUTONOMÍA DEL DERECHO FINANCIERO
El derecho financiero es una rama del derecho público pero su autonomía no quiere decir que se encuentre alejado de las demás ramas jurídicas.
Para que las ramas del derecho puedan ser autónomas deben tener las siguientes características
· Un ámbito de la realidad social con un ámbito jurídico propio
· Existencia de principios generales propios.

TEORIAS QUE TRATAN DE DEFINIR LA AUTONOMIA DEL DERECHO FINANCIERO
· La primera teoría dice que el derecho financiero no puede ser autónomo por que el mismo es una rama del derecho administrativo
· La segunda teoría niega que el derecho financiero tenga autonomía financiera.
· La teoría autonómica dice que el derecho financiero tiene un ordenamiento jurídico propio pero que va a actuar ligadamente a las demás ramas del derecho.

EL GASTO PÚBLICO
Son erogaciones de dinero que realiza el Estado para cumplir con sus fines y tiene como características las siguientes.
· Ser realizado por una entidad pública
· Consistir en una suma de dinero
· Su fin es la utilidad publica.


EFECTOS ECONOMICOS DEL GASTO PUBLICO
Cuando se realizan gastos excesivos se afecta considerablemente a la economía en
Gastos para la producción de bienes y servicios.
- Financiado con recursos tributarios
- Financiado con recurso del crédito público teniendo efectos redistributivos.
Limites del gasto público
El Estado puede gastar hasta haber cumplido con satisfacer con las necesidades colectivas.
Gastos que pueden ser limitados
- Los gastos generales
- Las transferencias improductivas
- Los gastos de las actividades públicas.
CLASIFICACIÓN DEL GASTO PUBLICO
- Gastos referentes a la seguridad interior y exterior
- Los que satisfagan las necesidades colectivas
- Gastos redistributivos.

Existe otra clasificación como una de las más importantes en la era moderna
§ Criterio administrativo
§ Criterio económico
Existen dos clasificaciones económicas que dividen a los gastos
a. Gastos de servicios
b. Gastos de transferencia
c. Gastos productivos
d. Gastos improductivos.

LOS INGRESOS PUBLICOS
Son aquellos recursos que obtiene el Estado a través de ventas, tributos o legados, y los mismos se distribuyen para fines determinados.


PRINCIPIO LEGAL DE LOS INGRESOS PUBLICOS
Son regulados por la constitución de la República, y específicamente el articulo 317 se refiere a ella.

CLASIFICACION DE LOS INGRESOS PUBLICOS
a. Clasificación económica
Originarios
Derivados

ordinarios
extraordinarios

Nominales Aumentan los fondos de tesorería, pero aumentan al pasivo disminuyendo al activo.
Reales Aumentan el fondo de tesorería sin aumentar las obligaciones del Estado, ni disminuir el activo.
Corrientes y de capital Esta clasificación fue adoptada por la ONU.
Los ingresos corrientes corresponden a utilidades netas, mientras que los ingresos de capital son recursos de transferencias de capitales.

CLASIFICACION JURÍDICA
A. Voluntad unilateral del Estado
B. Concurso de voluntades
C. Relaciones intergubernamentales voluntad unilateral donde el Estado toma las decisiones sin recurrir a otras personas

CLASIFICACION DE GIULIANE FONROUGE
A. Recursos del Estado Son los que le competen al Estado
B. Provenientes de l ejercicio de poderes tales como losa tributos y los impuestos.

TASA Este tributo se cancela cuando el Estado presta un servicio a un contribuyente.
CONTRIBUCIONES ESPECIALES
Se realiza el pago de este tributo cuando se ejecutan obras públicas.


CONTRIBUCIONES PARAFISCALES
Se cancela este tipo de contribución para el beneficio de la seguridad social.

SANCIONES FISCALES
MULTAS Se realiza este pago cuando se cometen infracciones.
CREDITO PUBLICO Y MONEDA Son ingresos obtenidos por el uso del crédito y la emisión de la moneda.